lunes, 11 de marzo de 2013

Procedimiento para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos

La Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid ha publicado la ORDEN 502/2013 que regula el procedimiento a seguir para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.

Esta Orden señala que la propuesta de cambio de jornada escolar será realizada por alguno de los miembros del Consejo Escolar del centro. El inicio del procedimiento deberá ser acordado por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del Consejo Escolar, que incluya la mayoría absoluta de los representantes de los maestros, así como la mayoría absoluta de los representantesde los padres de alumnos.

Una vez acordado el inicio del procedimiento por el Consejo Escolar, se llevará a cabo la fase de consultas al claustro de profesores y a las familias, que deberá iniciarse antes de transcurridos dos meses del citado acuerdo. Durante esta fase, el equipo directivo informará sobre la distribución horaria propuesta, tanto al claustro de profesores como a las familias, lo que no impedirá que los distintos sectores tengan reuniones propias.

La consulta, tanto al claustro de profesores como a los padres o representantes legales de los menores, tiene carácter obligatorio y cada una de estas consultas debe realizarse según el procedimiento establecido en la Orden.

El Consejo Escolar, una vez recibidos los resultados de ambas consultas aprobará o rechazará por mayoría absoluta del total de sus integrantes (inclulyendo la mayoría absoluta de los representantes de los maestros, así como la mayoría absoluta de los representantes de los padres de alumnos), la propuesta para el cambio de jornada escolar. En caso de no alcanzarse las mayorías requeridas, el Consejo Escolar se abstendrá de solicitar autorización para el cambio de jornada escolar.

Si quieres leer la ORDEN completa puedes consultarla AQUÍ.