sábado, 18 de mayo de 2013

IRPF año fiscal 2012: deducción por gastos educativos


En la Comunidad de Madrid existe una deducción para las familias a aplicar en el I.R.P.F. de este mismo año (año fiscal 2012), ¡APROVÉCHALA!

Esta deducción se aplica a los residentes en la Comunidad de Madrid y es adicional a otras que conceda el Estado. Cubre una parte de los gastos educativos con los máximos siguientes:

a) el 15% de los gastos de escolaridad obligatoria de los hijos matriculados en las etapas de segundo ciclo de Educación Infantil y a la Educación Básica Obligatoria (se excluyen, por tanto, las cuotas por escolaridad de primer ciclo de Educación Infantil y Bachillerato).

b) 5% de los gastos de vestuario de uso exclusivo escolar (uniformes) de los hijos escolarizados en los niveles mencionados anteriormente.

c) el 10% de los gastos de enseñanza de idiomas, tanto si esta se imparte como actividad extraescolar como si tiene el carácter de educación de régimen especial. En este caso, podrá aplicarse a cualquier nivel educativo, incluido Infantil y Bachillerato.

Es posible deducirse por estos tres tipos de gastos simultáneamente teniendo en cuenta que la deducción máxima por hijo o descendiente que genere el derecho a la deducción es de 400 € anuales. Esta deducción se incrementa hasta los 900 € anuales si existen gastos por escolaridad, lo que no es el caso de nuestro colegio Reina Victoria que imparte una enseñanza pública.

En el caso de que los hijos convivan con ambos progenitores, cada uno de ellos podrá deducirse la mitad de dicha cantidad si presentan declaración de la renta individual.

En cualquier caso, se minorará el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad Autónoma de Madrid o de cualquier otra Administración pública que cubran todos o parte de los gastos citados.

Para aplicar la deducción será necesario que la base imponible del IRPF, entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro, junto con la correspondiente al resto de miembros de la unidad familiar, no supere la cantidad en euros correspondiente a multiplicar por 30.000 el número de miembros de la unidad familiar.

Como ejemplo práctico, una familia que tenga dos hijos podrá disfrutar de esta desgravación si su base imponible familiar es inferior a 120.000 € al año.

Para poder realizar la deducción es necesario guardar las facturas y justificantes de los pagos; consérvalos, pues podrían ser solicitados por los Inspectores de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Si quieres saber más, consulta Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) donde encontrarás todos los detalles:

Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que modifica parcialmente el Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno.

NOTA IMPORTANTE: EL APA del CEIP Reina Victoria declina cualquier responsabilidad por la inexactitud de la presente información fiscal. Antes de presentar la declaración, te rogamos consultes la última versión de la normativa vigente en http://www.agenciatributaria.es/