domingo, 5 de junio de 2011

DEDUCCIÓN POR GASTOS EDUCACIÓN RENTA 2010

Para cubrir los gastos que tienen una vinculación directa con las etapas formativas correspondientes a la Enseñanza Obligatoria y para fomentar el conocimiento de idiomas, desde el 1 de enero de 2009 se aplica una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por los gastos educativos soportados durante la Enseñanza Obligatoria y por la enseñanza de idiomas.
La deducción es del 10% de los gastos satisfechos por gastos de escolaridad y de vestuario de uso exclusivo escolar durante la Enseñanza Obligatoria, así como de los gastos por enseñanzas de idiomas.

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